Diario de León

Los padres por vientre de alquiler tienen derecho a los permisos

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A. T. | madrid

El Tribunal Supremo estableció ayer que los padres de hijos nacidos de ‘vientres de alquiler’ tienen derecho a que la Seguridad Social les abone la prestación para el disfrute de los permisos de maternidad en las mismas condiciones que el resto de progenitores españoles que den a luz a sus propios hijos, los adopten o los acojan.

Esta es la decisión acordada por el pleno de la Sala de lo Social, que marcará jurisprudencia, por la que ha dado la razón a dos ciudadanos, uno de ellos un varón, a los que la Seguridad Social les había denegado las prestaciones con el argumento de que la ley de Reproducción Asistida considera nulos los contratos de maternidad por sustitución.

El Tribunal Supremo, en esencia, lo que defiende es que «las prohibiciones sobre inscripción registral o sobre el propio contrato de maternidad por sustitución quedan al margen» de este debate.

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