Diario de León

Entra en vigor la normativa que eleva la gravedad de las infracciones viales y sus sanciones

Utilizar el móvil al volante costará desde hoy hasta 300 euros

Viajar sin cinturón o con un niño sin sistema de retención será considerado falta grave

Hablar por el móvil conduciendo, entre las novedades de hoy

Hablar por el móvil conduciendo, entre las novedades de hoy

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Muchas de las infracciones que se cometen al volante serán consideradas desde hoy de mayor gravedad y sus sanciones serán más elevadas. La entrada en vigor, de forma parcial, de la Ley de Seguridad Vial modifica al alza la calificación de una serie de faltas y sus correspondientes multas y prevé la implantación, en el plazo máximo de un año, del carné de conducir por puntos. Para el director general de Tráfico, Pere Navarro, esta medida responde a «una demanda social» para hacer frente al «drama» de los accidentes de circulación. Las recalificaciones de las sanciones y las novedades de la normativa son las siguientes: Infracciones graves Desde hoy, serán consideradas infracciones graves no utilizar el cinturón, el casco o los sistemas de retención infantil, además de conducir utilizando auriculares o dispositivos de telefonía móvil. También será grave conducir con el carné caducado, utilizar mecanismos de detección de radar y otros incompatibles con la atención al volante, o circular con un vehículo que no ha pasado la Inspección Técnica (ITV). Las multas oscilarán entre 91 y 300 euros, en función de los antecedentes del infractor, su posible condición de reincidente y el peligro potencial creado para la seguridad vial. Faltas muy graves Pasan a ser infracciones muy graves circular sin carné, o con un vehículo que no esté matriculado o incumpla las condiciones técnicas, así como ir por autovías o autopistas con vehículos expresamente prohibidos. También será muy grave que el titular de un vehículo incumpla su obligación de identificar al conductor que haya cometido una infracción, en caso de no ser él mismo. Estas faltas conllevarán una multa de entre 301 a 600 euros. Conducir sin carné Aquel que conduzca sin el carné correspondiente, además de ser castigado con una sanción muy grave, no podrá obtener el permiso de conducir durante dos años. Faltas leves Aquellas infracciones que no se califiquen expresamente como graves o muy graves serán sancionadas con una multa de hasta 90 euros. Plazo de 30 días El plazo para pagar una multa con reducción del 30 por ciento queda fijado en 30 días desde la notificación, cuando antes expiraba una vez dictada la resolución del expediente sancionador. El establecimiento de un tiempo concreto posibilita también el pago a través de entidades bancarias. Suspensión de un mes La suspensión temporal de los carnés de conducir será por un tiempo mínimo de un mes, cuando antes podía ser de sólo unos días. El máximo será de tres meses en el caso de las infracciones graves. La suspensión se aplicará en todos los casos de infracciones muy graves. Aquel que quebrante la suspensión temporal será sancionado con un año sin carné, la primera vez. «Elevar a infracción grave el usar el móvil da coherencia a todo el sistema» PERE NAVARRO Director general de Tráfico

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