Diario de León

FLORENTINO GARRIDO. Delegado de la SEF en Castilla y León

«La maternidad subrogada atenta contra la dignidad de la mujer»

Florentino Garrido, especialista en reproducción asistida del Centro Ginecológico de León, responde en esta entrevista a los retos del candente debate sobre la maternidad subrogada. Plantea los dilemas éticos de esta modalidad que en España no está permitida y tiene lagunas legales en cuanto a la inscripción de hijos nacidos en otros países que la permiten.

secundino pérez

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—Con el desarrollo que han alcanzado los tratamientos de reproducción asistida, ¿realmente es necesaria la maternidad subrogada?

—La FIV (Fecundación in Vitro) consiguió su primer nacido en 1978. La auténtica revolución que esta técnica trajo consigo fue la de crear vida humana en el laboratorio y revolucionar la reproducción de los seres humanos. La FIV no solo permitía que parejas con problemas de esterilidad pudieran tener un hijo sino que hacía innecesario el encuentro sexual para que una mujer pudiera dar a luz a un hijo. Desde el nacimiento de Louise Brown, la FIV y las TRHA (Técnicas de Reproducción Humana Asistida) en general han evolucionado a gran velocidad. Tanto desde el punto de vista tecnológico como por los usos a los que ha sido destinada. No sólo sirven para superar los problemas de infertilidad de las parejas, sino también para liberar a los seres humanos de las imposiciones biológicas de la reproducción humana.

Por estas y otras muchas razones, las TRHA han posibilitado considerar la gestación subrogada como un recurso más para atender una situación excepcional , como los problemas de esterilidad de parejas heterosexuales, o también ofrecer una alternativa para que cualquier varón o mujer pueda satisfacer sus deseos de ser padre o madre.

Sin embargo, la gestación por sustitución no debe considerarse una TRHA más por diversas razones.

—¿Cuáles son esas razones?

—Implica una tercera persona (la gestante) que debe someterse a una TRA, seguir un embarazo y parir. Todo ello con la consiguiente exposición de su salud en beneficio de los padres subrogados. Tensiona de una manera especial el principio ético y legal de altruismo en la donación del cuerpo y de sus partes que rige en el ámbito europeo.

Es susceptible de comportar explotación de la mujer si la gestante se halla en una situación vulnerable desde el punto de vista económico y/o social.

—¿Cómo está en España el debate sobre esta opción que para muchos colectivos es mercantilizar el cuerpos de las mujeres?

—El derecho español determina la nulidad de los contratos de gestación y establece de la filiación de los hijos nacidos por gestación de sustitución será determinada en el parto. También la Ley 35/1988 del 22 de noviembre sobre TRHA, en su artículo 10 señala que «será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero». A pesar de este marco legal el Derecho español no ofrece una respuesta uniforme con respecto a la inscripción de los hijos habidos de este modo. La diversidad de posiciones entre la Dirección General de Registros y del Notariado y el Tribunal Supremo genera inseguridad jurídica para las partes afectadas, especialmente para los hijos.

—¿Hay expectativas de cambio?

—En España el debate está abierto acerca de si la legislación vigente debería reformarse para permitir la maternidad subrogada en determinadas condiciones o, más bien, debería mantenerse tal como está y adoptar medidas para reforzar su eficacia. En 2016, en la Asamblea de Madrid se debatió una propuesta para instar al Gobierno a impulsar una Ley de regulación de la gestación subrogada. Votaron a favor PP y Ciudadanos. En contra PSOE y Podemos.

—Personalmente, ¿cuál es su postura?

—Lo que tienen en común todas las modalidades de gestación subrogada es la voluntad de privar de la condición de madre a quien ha parido a un niño y atribuirla a otra u otras personas. Al separar la gestación de la posterior crianza del niño, su valoración ética deberá partir del conocimiento acerca de la relación feto-madre que se establece durante la gestación y los efectos que la separación tras el nacimiento puede tener en cada uno de ellos. La gestación es una forma de simbiosis temporal entre el hijo y la madres que genera una huella corporal permanente en ambas partes y existe bibliografía abundante acerca de los cambios corporales (especialmente en el cerebro) y psíquicos en a mujer gestante.

En cualquier caso, desde la ética, hay que tener en cuenta si el derecho de toda persona a la unidad en su origen no es mayor, o al menos igual, a los «derechos reproductivos». Se entiende, en la subrogación, que la ruptura entre gestación y maternidad es mucho menos importante que la satisfacción de tener un hijo por parte de alguien que no puede (o incluso no quiere) gestarlo.

—¿Es una forma de mercantilización de la mujer?

—La subrogación atenta contra la dignidad de la mujer porque permite que su cuerpo se convierta durante 9 meses en un mero instrumento para satisfacer los deseos de otros. Un síntoma de ese estado latente o patente de explotación que sufren lo encontramos en las reformas legislativas que se han llevado a cabo en algunos países en los últimos años prohibiendo la maternidad subrogada internacional. India, Tailandia y Camboya son ejemplos de lo dicho. Los países en los que más se ha desarrollado son, en general, países pobres y en los que la mujer vive en una situación de mayor desigualdad con relación al varón. EEUU es la más destacada excepción, aunque no deben olvidarse las diferencias sociales existentes entre sus ciudadanos. Lo habitual es que exista una gran diferencia social y económica entre la gestante y los comitentes y que la gestante tenga dificultades para comprender la lengua de los comitentes y las condiciones del contrato.

Pero, además, los intereses de cada partes son distintos y, por lo general, antagónicos. Los comitentes desean un niño sano y que la gestante contribuya a lograrlo como ellos consideren mejor. Buscarán que el servicio les resulte tan económico como sea posible. Querrán decidir el número de embriones que se transfieren a la gestante, si se le realiza o no una «reducción embrionaria» o un aborto, o el tipo de parto (natural o cesárea), etc.

—¿Sus principales demandantes don parejas de hombres que defienden el derecho a ser padres?

—El tipo de padres que tendrá el hijo podrán ser: pareja heterosexual, pareja homosexual de hombres o de mujeres, una mujer o varón solo, más de dos personas en modalidades distintas o incluso una persona jurídica.

—¿Plantearlo como un acto altruista, como hace Ciudadanos, es adecuado cuando un embarazo también supone un riesgo para la salud?

—De la misma manera que la donación de órganos inter vivos está sujeta a ciertas condiciones para que el altruismo del donante no comprometa su vida y libertad, con mayor razón se pueden plantear restricciones a esta forma de gestación o incluso su prohibición por distintas razones. La ética y el Derecho tradicionalmente han considerado que aquellas decisiones que suponen un importante sacrificio para el individuo o, principalmente, una afectación de su integridad física y que son retribuidas, no son libres sino que se adoptan en un contexto de vulnerabilidad, de manera que, eliminando ese determinado contexto, el sujeto no adoptaría la misma decisión. La experiencia actual nos dice que la gestación altruista viene acompañada de la comercial: bien porque se acaba aceptando en el propio país donde se aceptó la altruista o bien porque quienes no pueden atender su deseo en su país mediante la gestación altruista, tenderán a servirse de la gestación comercial en el extranjero

—¿Cómo debe afrontarse?

—Tomarse en serio la maternidad subrogada comienza por adoptar las medidas para que los ciudadanos con recursos no puedan llevar a cabo acciones que están prohibidas en España.

—¿En qué países se contempla esta opción como técnica de reproducción asistida?

—El mapa de los países que permiten la maternidad subrogada internacional señala que suelen ser países pobres y/o en los que existen enormes desigualdades sociales y económicas. Suelen ser también países con una cultura en la que prácticamente todo es susceptible de compraventa y/o en los que la mujer tiene una consideración social inferior al varón.La experiencia de estos últimos años nos dice que la demanda de estos servicios tiende a desplazarse de los países en los que las garantías para la gestante y el niño así como los costes del servicio son más elevados a aquellos otros en los que la voluntad de los comitentes pueda ser mejor satisfecha y a un menor coste. Ejemplo paradigmático: los ingleses, a pesar de tener legalizada la maternidad subrogada en su país, han recurrido mayoritariamente a India para llevarla a cabo por ofrecer un servicio más económico y con una regulación menos restrictiva para los comitentes. En Reino Unido el proceso de gestación subrogada con donación de óvulos resulta caro e incierto porque no existe obligación por parte de la gestante de entregar el hijo tras el nacimiento. Además los comitentes no pueden ejercer control sobre el embarazo de la gestante.

—¿Existe un dilema ético de la maternidad subrogada y vínculos madre-hijo durante el embarazo?

—Ya señalé la huella corporal permanente que genera la gestación en la madre y en el hijo. El cerebro fetal configura y desarrolla los sistemas auditivo, gustativo y olfativo en la segunda etapa de su vida uterina.

Durante el embarazo tiene lugar también cambios psíquicos en la mujer que contribuyen a la construcción de la futura personalidad del niño, dado que se establece entre ambos lo que se denomina espacio psíquico de la gestación. También los estudios psicológicos más consistentes relativos al apego establecen que la relación primera madre-hijo es absolutamente determinante en el proceso de maduración, autoestima y desarrollo del menor. Se podría concluir admitiendo que la gestación subrogada atenta contra el interés superior del niño porque rompe su vínculo materno tras el parto y le expone a un riesgo frecuente y grave de cosificación. No se trata de dar un niño a una familia sino una familia a un niño.

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