Diario de León

Dan la razón a la secretaria de Torre en su contencioso con la ex-alcalesa

María José Estrada, actual portavoz del PSOE en el Ayuntamiento

María José Estrada, actual portavoz del PSOE en el Ayuntamiento

Publicado por
m.á.c. | torre del bierzo
León

Creado:

Actualizado:

Una sentencia emitida por el Contencioso-Administrativo de León ha dado la razón a la impugnación efectuada por el actual equipo de gobierno contra una resolución en la que se incoaba expediente disciplinario y suspensión provisional de las funciones a la secretaria municipal, Águeda Martínez, a la que se acusaba de poner trabas a la gestión y de actuar en connivencia con la UPL. Fue el 22 de junio del año 2004 cuando la por aquel entonces alcaldesa de la localidad de Torre del Bierzo María José Estrada, dictó una resolución para incoar un expediente disciplinario a la secretaria, de la que aseguraba actuaba en connivencia con la UPL y consideró parte implicada en los hechos que desembocaron en una moción de censura que desalojó de la alcaldía a Estrada. Como Juez instructor del expediente fue nombrado el concejal socialista José Álvarez Osorio. La secretaria por su parte interpuso un recurso de reposición contra esta resolución que fue respondido el 29 de junio por el nuevo equipo de gobierno, de coalición y liderado por el popular Manuel Merayo, que impugnó la resolución dictada por Estrada, considerando inexistentes los motivos que se alegaban para expedientar a la secretaria.. Al Contencioso Administrativo llegó un nuevo recurso planteado por Estrada y álvarez Osorio, al que la alcaldesa había nombrado instructor del expediente abierto contra la secretaria, solicitando que se dejara sin validez la impugnación efectuada por populares y leonesistas. Casi dos años después de iniciadas las actuaciones una sentencia del Juzgado número uno de lo Contencioso-Administrativo de León considera correcta la impugnación que deja sin efecto el expediente disciplinario contra la secretaria, considerando entre otros puntos «que el órgano que adoptó ese acto de gravamen contra la funcionaria era incompetente», según la citada sentencia.

tracking