Cómo recurrir la polémica tasa de tratamiento de basura de 2024 en León
El Ayuntamiento se prepara para el aluvión de recursos que le pueden hacer perder 5,1 M€

Las reclamaciones se registran en el consistorio de Ordoño II de León.
En 2008, en algunos quioscos despuntó entre los productos más reclamados una fotocopia. No se trataba de una que se hacía para copiar el original que llevaran los clientes. El papel contenía un formulario tipo que luego, ya en sus casas, rellenaban los ciudadanos con sus datos personales. Sólo había que entrar y pedir «lo de la reclamación del IBI». Diecisiete años después, como sucedió entonces, el registro del Ayuntamiento de León se prepara para recibir el aluvión de recursos que esta vez tomarán como referencia la devolución del polémico recibo del tratamiento de la basura de Gersul de 2024: la factura que se intenta cobrar ahora sin que se «ajuste a derecho», como reconoce el propio servicio de Intervención municipal y figura ya en los primeros escritos presentados en las oficinas de Ordoño II.
Los primeros pertenecen a las empresas que ya han recibido la notificación de la tasa de Gersul de 2024, camuflada junto al nuevo tributo de 2025 que aúna los antiguos tributos de recogida y de tratamiento de residuos. Al tratarse de personas jurídicas, obligadas a estar dadas de alta en la sede electrónica, ya cuentan con la carta de pago. A los que no la tienen y han acudido a las oficinas para reclamar la liquidación, la orden dada por la Concejalía de Hacienda, dirigida por Carmelo Alonso, pasa por que firmen un documento en el que se dan por notificados antes de facilitarles el modelo con el que abonar el tributo en el banco.
Dónde presentarlo: en el Ayuntamiento o en la sede electrónica
Aunque no todos son empresas. En las oficinas del Ayuntamiento de León se acumulan ya varios recursos de reposición de personas físicas que se han dado por notificadas mediante la sede electrónica. Al resto, le empezarán a llegar a sus domicilios en los próximos días la carta de notificación con acuse de recibo, como obliga la ley cuando se trata del primer ejercicio fiscal de un tributo.
Cuántos contribuyentes pueden reclamar: 85.586
Con este documento, los vecinos pueden presentar el recurso de reposición a imagen de los que ya se han registrado. Los interesados, dentro de una lista que acumula 85.586 contribuyentes, deben pedir en las oficinas de Ordoño II una instancia general para cumplimentar el recurso de reposición contra la liquidación tributaria o bien realizarla por medio de la sede electrónica, si están acreditados para los trámites telemáticos con la administración.
Qué poner en la instancia de reclamación
El impreso da espacio para los datos del solicitante y, en su caso, del representante. Debajo aparece un tercer apartado en el que se refleja lo que «expone y/o solicita» el contribuyente. En este espacio, los interesados en recurrir deben reflejar que han recibido, con la fecha exacta, «la notificación de la tasa de transferencia, tratamiento y eliminación de residuos del año 2024». Como continuación, tienen que exponer que «la liquidación retroactiva de cuotas tributarias (tasas) en 2025, respecto de un hecho imponible realizado en 2024, y cuya ordenanza fiscal ha sido derogada con efectos de 31/12/2024, no se ajusta a derecho», tal y como se refleja en el informe de la Intervención municipal.
Dos opciones: pagar y recurrir o no pagar y recurrir
Sin salirse del apartado expositivo, el recurso tiene que reseñar lo que solicita el reclamante. Aquí caben dos opciones. Si ha pagado la tasa, que suma 38 euros lineales para todas las viviendas, pero que puede llegar, en función de los metros, a 4.000 euros en comercios, 3.000 euros en industrias y 1.998,8 euros en oficinas y centros oficiales, el recurrente debe hacer constar que reclama «la devolución íntegra de la tasa de transferencia, tratamiento y eliminación de residuos del año 2024». La otra alternativa se da para quienes opten por no pagar la tasa, que han de exigir la «anulación», aunque en este caso se arriesgan a que, en tanto en cuanto no se resuelva la pugna judicial, más adelante el Ayuntamiento de León pueda embargarles.
Qué documentos se deben adjuntar
Como añadido, en el apartado siguiente del formulario, en el que se recogen los «documentos que acompañan la instancia», el recurrente debe especificar que aporta el recibo de la tasa, que tienen que llevar fotocopiado para adjuntarlo, e incluso un documento explicativo en el que haga el relato de la exposición y solicitud redactado ya en casa. Con todo, les extenderán un justificante de registro.
La vía administrativa y luego el contencioso
El procedimiento servirá para asentar la reclamación en la vía administrativa. Aunque, si sucede como con el IBI de 2008, el Ayuntamiento de León las rechazará. El siguiente paso aboca a la vía contencioso administrativa, donde la asociación de consumidores Facua ya adelantó que acudirá como promotora de un recurso único.
El precedente del IBI de 2008
En ese precedente, los tribunales tumbaron el impuesto cuatro años después, en 2012, dado que el consistorio apuró hasta la última instancia, y obligaron a devolver el dinero sólo a las 61.500 unidades urbanas que habían reclamado. Había en total 115.400 recibos y el entonces alcalde del PP, que había tomado el relevo del equipo de gobierno del PSOE responsable de la irregularidad tributaria, decidió extender la gracia a todos. La factura se cerró en 8,4 millones. La tasa de tratamiento de la basura de 2024 estima un cobro de 5.132.990,7 euros a los ciudadanos.