Diario de León

Elecciones 15-M

Cuánto cobras y qué permisos laborales tienes si estas en una mesa en las elecciones de Castilla y León el 15-M

Guía completa para no perder derechos en las elecciones que se celebran el domingo 

Una persona prepara las papeletas para un proceso electoral

Una persona prepara las papeletas para un proceso electoralRodrigo Jiménez

Publicado por
L. Santamarta
León

Creado:

Actualizado:

Las elecciones a las Cortes de Castilla y León del próximo domingo 15 de marzo de 2026 traen consigo derechos laborales específicos tanto para quienes van a votar como para las personas designadas en las mesas electorales. 

La normativa, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL) a principios de febrero, actualiza las facilidades para ejercer el voto y compensa la dedicación obligatoria de presidentes, vocales y suplentes. 

Todo se regula principalmente por el Decreto 4/2026 (sobre dietas y gratificaciones), la Orden PRE/71/2026 (permisos para empleados públicos) y referencias a la LOREG y la Ley Electoral de Castilla y León.

Si trabajas el domingo 15 de marzo y coincide con el horario de votación (de 9.00 a 20.00 horas), tienes derecho a un permiso retribuido de hasta cuatro horas para ir a tu colegio electoral. 

La duración exacta depende de cuánto se solape tu jornada laboral con ese intervalo: si tu turno cubre todo el horario electoral, disfrutas las cuatro horas completas; si solo parte del día, se aplica de forma proporcional. En jornadas reducidas el permiso también se reduce en proporción. 

Para justificarlo ante la empresa, la mesa electoral te entregará un certificado o justificante de haber votado, que puedes presentar si te lo requieren.

Las personas designadas como miembros de una mesa electoral (presidente, vocal o suplente que acabe ejerciendo) cuentan con protecciones más amplias porque su participación es obligatoria. Si te toca y coincide con tu jornada laboral habitual, dispones de un permiso retribuido de jornada completa durante todo el día de la votación, desde la constitución de la mesa (alrededor de las 8.00 horas) hasta que termine el escrutinio, que puede prolongarse varias horas después de las 20.00 horas.

Además, al día siguiente (lunes 16 de marzo) tienes derecho a una reducción de cinco horas en tu jornada laboral, también retribuida, para recuperarte de la intensa jornada. La Junta tramita que ese día cotices a la Seguridad Social como si hubieras trabajado normalmente, lo que te cubre ante posibles incidencias o accidentes mientras estás en la mesa.

En cuanto a la compensación económica, presidentes y vocales titulares perciben una dieta fija de 76,41 euros por la jornada completa, una cantidad establecida en el Decreto 4/2026 y que se cobra íntegra sin retenciones de IRPF. Los suplentes también la reciben si terminan sustituyendo y ejerciendo el cargo. Esta cifra supone un ligero incremento respecto a procesos anteriores y busca compensar la responsabilidad y el tiempo dedicado.

Los interventores de los partidos tienen los mismos permisos que los miembros de mesa: jornada completa retribuida el 15M más las cinco horas de reducción el lunes siguiente. En cambio, los apoderados solo disponen del permiso retribuido durante el día de la votación, sin la reducción adicional del lunes.

Permisos para ir a votar (trabajadores en general):

  • Hasta 4 horas retribuidas el 15M (proporcional si no coincides todo el horario). Justificante entregado por la mesa electoral.

Permisos y compensaciones para miembros de mesa e interventores:

  • Jornada completa retribuida el día de votación.
  • Reducción de 5 horas retribuidas el lunes 16 de marzo.
  • Dieta de 76,41 € (sin IRPF) para presidentes, vocales y suplentes que ejerzan.
  • Cotización a la Seguridad Social cubierta.
tracking