Diario de León

PALIAR LOS EFECTOS DEL TEMPORAL

En marcha las ayudas por la Nevadona

El BOE publica requisitos para que agricultores accedan a ayudas por el temporal

Nieve en Puebla de Lillo un mes después de la gran nevada

Nieve en Puebla de Lillo un mes después de la gran nevada

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El Gobierno ha publicado el Real Decreto-ley 2/2015 de 6 de marzo por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones y temporales de enero, febrero y marzo de 2015, que incluye los requisitos para que agricultores y ganaderos reciban compensaciones. Las ayudas previstas irán destinadas a los titulares de las explotaciones agrícolas y ganaderas que, teniendo pólizas en vigor amparadas por el Plan de Seguros Agrarios Combinados y estando ubicadas en el ámbito de aplicación de la norma, hayan sufrido pérdidas superiores al 30 % de su producción, con arreglo a los criterios de la Unión Europea a este respecto.

Según se recoge en el Boletín Oficial del Estado del sábado, serán objeto de ayuda los daños registrados en las explotaciones para las que en las fechas del siniestro no hubiera iniciado el periodo de suscripción del correspondiente seguro, o éste no hubiere finalizado y que no hubieran formalizado aún la póliza para esta campaña, siempre y cuando se hubiese contratado el seguro en la anterior. Asimismo, se compensarán los daños sobre las producciones agrícolas y ganaderas que, teniendo póliza en vigor para dichas producciones amparada por el sistema de seguros agrarios combinados, no estuvieran garantizados por dicho sistema.

Y los daños originados en las producciones agrícolas y ganaderas no incluidas en el vigente Plan de Seguros Agrarios Combinados.

Las ayudas por los daños causados sobre las producciones agrícolas se calcularán teniendo en cuenta las pérdidas registradas sobre el promedio de las producciones de las tres últimas campañas. En el caso de producciones leñosas, "se podrá tener en cuenta, además, una ayuda equivalente al coste de reposición de las plantaciones afectadas", según la norma.

El Gobierno también podrá autorizar reducciones fiscales especiales para las actividades agrarias con carácter excepcional, como puede ser la reducción de los índices de rendimiento neto a los que se refiere Orden HAP/2222/2014, de 27 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2015 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.

El BOE también recoge las ayudas destinadas a paliar daños personales, daños materiales en vivienda y enseres, y en explotaciones agrarias, establecimientos industriales, mercantiles, marítimo-pesqueros, turísticos y de otros servicios, así como las actuaciones de reparación que están previstas ejecutar.

En líneas generales, el Consejo de Ministros del pasado viernes anunció que dedicará 105,7 millones de euros para reparar los daños ocasionados por el temporal de lluvia, nieve y viento de los últimos meses, que han ocasionado el desbordamiento de ríos, especialmente el Ebro, en una primera partida de urgencia.

Entre las novedades que afectan al campo, destaca además que se amplía el concepto de establecimiento ganadero por el de explotación para extender las ayudas a otros aspectos.

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