Diario de León
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JAIME LOBO ASENJO. EX SENADOR DEL PP
León

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A todo se atreve la altiva comparsaque explota la aleve política farsa»(Martínez Villegas). Que conste que la entradilla poética, no va por el líder manchego de IU, Cayo Lara, ni por el ¿socialista? catalán Pere Navarro, ni siquiera por el periodista Sopena, o sí.

Pero lo cierto es que el tema que proponemos está ahí, el tema está en la calle, está en los mentideros y la palabra «abdicación» puede que sea una de las palabras más de moda, debido sin duda a las últimas «peripecias» de su majestad el Rey y de la Casa Real, y debido sobre todo al delicado estado de salud del monarca, circunstancia ésta que algunos de buena fé y otros no tanto ven en ella una clara incompatibilidad con el ejercicio de sus obligaciones como Jefe del Estado.

Y por otra parte desde que la reina Beatriz de Holanda hizo pública su renuncia al trono en favor de su hijo y desde que Benedicto XVI anunciara su decisión de retirarse del papado, se ha incrementado el interés, o los intereses más o menos bastardos, sobre si sería posible, deseable o aconsejable, según quien lo plantee, que se produjera en España un relevosimilar al frente de la Jefatura del Estado.

Bien. ¿Y a todo esto que dice nuestra Constitución? Pues la Constitución del 78, la que nos dimos los españoles, en su Titulo II «De la Corona», deja muy claro en su artículo 57, que la Corona es ¡hereditaria!, y establece cual es el orden sucesorio y solamente en el punto 5 de este artículo dice que «las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o derecho en el orden de sucesión, se resolverán por una Ley Orgánica».

Pero ojo, que el artículo 59 abre una tercera vía cuando en su apartado 2 dice que «si el Rey se inhabilita para el ejercicio de su actividad y la imposibilidad fuere reconocida por las Cortes, entrará a ejercer la Regencia el Príncipe Heredero». Así pues, no solo la abdicación, si no que de acuerdo con la Carta Magna, tres son las vías: la sucesión hereditaria, la abdicación y la Regencia por inha-bilitación.

Parece pues que la Constitución es garante de la estabilidad en la sucesión a la Jefatura del Estado, y no parece pues adecuado en estos momentos entrar en aventuras, alentadas por quienes en el fondo persiguen un cambio de «régimen».

A mi modesto entender la sucesión de Juan Carlos I depende, como es natural, no de los deseos de algunos, sino de la movilidad del Rey, pues sin ésta no podría reinar, pero si se recupera, que todo parece indicar que es así, podemos tener Rey para rato.

 Por otra parte, guste o no, el Rey tiene un prestigio internacional, al que en estos mo-mentos no parece conveniente renunciar. Ejerce bien el papel moderador que tiene encomendado y no podemos olvidar que ha prestado importantes servicios al país y no sería justo evaluar su trayectoria sin tener en cuenta los 37 años de reinado.

Su abdicación por imposiciones «políticas» sería un injusto final para su hoja de servicios a España amplia e impagable. Tratar de hacer ahora leña del árbol herido, puede ser muy «popular» pero, a mi juicio muy desaconsejable.

Casi solo los que quieren desestabilitar el orden social reinante en España pretenden introducir este factor.

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