ERRORES MÉDICOS
«La punción me causó una lesión medular irreversible»
Alberto Díaz Cañón presenta a Sacyl una reclamación patrimonial por la lesión medular causada presuntamente tras un tratamiento realizado en la Unidad del Dolor del Hospital de León. La petición ha sido admitida a trámite por la Gerencia de Salud de León, que se da un plazo de seis meses para resolver el expediente

Alberto Manuel Díaz Cañón, con los informes médicos que recoge la reclamación patrimonial. RAMIRO
A Alberto Manuel Díaz Cañón, de 36 años de edad, le realizaron una cirugía de obesidad en el Hospital de León el 11 de marzo de 2013. Tras varias complicaciones e intensos dolores, que mantienen al paciente sin pared abdominal a día de hoy, en julio de 2017 fue derivado a la Unidad del Dolor, donde uno de los médicos del servicio le inyectó en el abdomen un cóctel analgésico «y sin informarme ni recabar el consentimiento realizó una intervención que ha tenido consecuencias lesivas gravísimas», según consta en el escrito de reclamación por responsabilidad patrimonial presentado en la Gerencia de Salud de León el 16 de agosto. Entre las «gravísimas» lesiones denunciadas está la «paralesia en el miembro inferior izquiedo» que le produjo en el acto una punción a nivel espinal. Dado que la parálisis y el dolor en la extremidad inferior no desaparecía, a la que se sumaron fuertes cefaleas y dolor cervical, el paciente tuvo que acudir de nuevo a Urgencias del Hospital de León donde le aconsejaron que volviera a la Unidad del Dolor, «donde el jefe de la misma le informó que dicha punción tenía que realizarse monitorizada, esto es, con la conexión a un monitor por el que el médico ha de guiarse para realizar la introducción de la aguja y su recorrido con objeto de intentar evitar lesiones graves, y también que por esta razón ha de recabarse el consentimiento informado del paciente», trámites que según el denunciante nunca existió. Ante la gravedad de las lesiones, el servicio deriva al paciente a otras especialidades para someterlo a estudios complementarios. El resultado es que, según consta en al reclamación, Neurocirugía descarta cualquier tratamiento quirúrgico, Urología diagnostica vejiga neurógena —incontinencia urinaria presuntamente causada tras la lesión medular por la punción— sin posibilidad de tratamiento, Rehabilitación desecha cualquier intervención por el intenso dolor del paciente. El informe de Psiquiatría descarta que el paciente finja el dolor. Tras todos estos informes, a principios de este año le implantan una bomba intratecal con medicación de morfina para mitigar el dolor. A los seis meses, tuvo que acudir de nuevo a Urgencias por pérdida repentina de conocimiento y caída. El diagnóstico fue un síncope de perfil neuromediado. En el informe, los médicos relatan disminución de fuerza y sensibilidad en los miembros inferiores como consecuencia de la lesión medular.
En la reclamación por responsabilidad patrimonial relata la secuelas provocadas presuntamente tras la intervención quirúrgica para la obesidad, además de las causadas por la punción contra el dolor. Entre las secuelas está un déficit motor distal de miembros inferiores, alteración sensitiva en la cara posterior de los miembros inferiores, anestesia en región perietal —conocida como anestesia en silla de montar—, obligación de caminar con bastón, pérdida de fuerza en la extremidad inferior izquierda, edema que imposibilitan una bidepestación sostenida, imposibilidad de caminar de talones y punteras por el fallo motor en la extremidad izquierda, rigidez de la flexión lumbar, vejiga neurógena con incontinencia urinaria, disfunción eréctil, dolor crónico, trastorno adaptativo mixto, ausencia de pared abdominal, incapacidad laboral para ejercer su profesional y perjuicio estético notorio.
«Me han causado una lesión medular irreversible y no me dan ninguna solución. Tengo 36 años y unas secuelas que me imposibilitan llevar una vida normal», asegura Alberto Manuel Díaz, que además presenta documentación para acreditar la pérdida de su historia clínica en la Unidad del Dolor. «Todos los informes que tengo son los que me han dado en las consultas sucesivas y en Urgencias», asegura.
En la reclamación presentada en la Gerencia Provincial de Salud, el abogado del paciente justifica la reclamación patrimonial en la existencia de un daño o perjuicio evaluable económicamente tanto por su salud física, psiquica y laboral. «La realización de la punción espinal sin recabar el consentimiento informado del paciente y la no utilización de los monitores para la práctica de la punción convierten el acto en antijurídico», explica el abogado en el escrito.
Para Alberto Manuel Díaz, el único tratamiento eficaz que le mitigó los dolores fue la bomba de infusión colocada por el jefe de la unidad «pero después alguien modificó las dosis y volvieron todas las complicaciones».
El paciente llegó a la Unidad del Dolor derivado por las múltiples secuelas producidas por la operación de estómago. «Los informes aportados ponen de manifiesto que fue retirada la malla de propileno en enero de 2017 y que meses después se puso de manifiesto que se había realizado mal la sutura durante la intervención, provocando una infección que hoy sigue sin resolverse».
En la justificación presentada de la posible existencia de responsabilidad patrimonial de la administración está la existencia de un daño o perjuicio económico, un funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos y nexo causal entre el daño y el funcionamiento de los servicios públicos.
Dado que siguen apareciendo complicaciones o secuelas derivadas de la punción espinal, la cuantía de la reclamación dependerá de la incapacidad y las secuelas físicas, psíquicas y psicológicas.