Diario de León

SENTENCIAS POLÉMICAS

El juez leonés de la Manada condena a 10 meses de cárcel a un hombre que apretó el cuello de su mujer hasta la asfixia

El hombre esgrimió un cuchillo contra la mujer y la agarró del cuello hasta provocarle un estado de asfixia

Diputadas y militantes del grupo confederal de Unidos Podemos ha protagonizado hoy una 'performance' feminista frente al edificio del Congreso para denunciar que el Poder Judicial "sigue siendo muy machista". En la iniciativa, un hombre disfrazado de juez

Diputadas y militantes del grupo confederal de Unidos Podemos ha protagonizado hoy una 'performance' feminista frente al edificio del Congreso para denunciar que el Poder Judicial "sigue siendo muy machista". En la iniciativa, un hombre disfrazado de juez

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La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra, el tribunal que juzgó a La Manada y del que forma parte el juez originario de Riaño Ricardo González, que quiso absolver a los cinco jóvenes que agredieron sexualmente en los sanfermines a una joven, ha vuelto a dictar una polémica sentencia. Esta vez en vísperas del día internacional contra la violencia machsita. Ahora, ha condenado a un hombre a diez meses y quince días de prisión a un hombre por maltrato ocasional a su exmujer, de la que se estaba divorciando, pero le absolvió de un delito de homicidio en grado de tentativa. En mayo de 2015, el acusado esgrimió un cuchillo de 15 centímetros ante la víctima, a la que después estranguló "presionando fuertemente" hasta que llegó a un "creciente estado de asfixia". La agresión fue presenciada por los hijos de la pareja. Uno de ellos le gritó a su padre que no la matará, lo que hizo que parara. "De modo consciente y voluntario, dejó de apretar el cuello a la víctima poniendo fin a la situación de peligro para su vida", recalca el fallo. El ministro del Interior y juez, Fernando Grande-Marlaska, reclamó que "es necesario un respeto hacia las sentencias, aunque no se compartan".

Según la sentencia, el acusado esgrimió contra la víctima, de la que se encontraba en proceso de divorcio, un cuchillo de 15 centímetros y además, estando ella en el suelo, la agarró del cuello "presionando fuertemente" hasta que la víctima llegó a un "creciente estado de asfixia". En ese momento, "de modo consciente y voluntario", el acusado "dejó de apretar el cuello a la víctima poniendo fin a la situación de peligro para su vida". El tribunal señala que el procesado "de manera libre y voluntaria no continuó con la reiteración o insistencia en actos dirigidos a lograr la muerte de la víctima, por este motivo cesó la situación de peligro para su vida y la causa directa de la no producción de resultado mortal no fue otra que la voluntaria interrupción por parte de aquel de los actos que hubieran podido causar la efectiva muerte de la víctima". Por eso considera que los hechos son constitutivos de un delito de maltrato ocasional y absuelve al acusado de un delito de homicidio en grado de tentativa. El fiscal pedía 8 años y seis meses de prisión y la acusación particular diez años por homicidio en grado de tentativa.

Los hechos ocurrieron en mayo de 2015, cuando el hombre y la mujer, que tienen dos hijos en común, se encontraban en proceso de divorcio. Según la sentencia, el acusado acudió al domicilio donde se encontraba la víctima y, tras una "fuerte discusión", "en un momento dado, se dirigió a la cocina, de donde cogió un cuchillo de unos 15 centímetros de hoja y salió apresuradamente, dirigiéndose hacia la víctima, portando en su mano derecha el cuchillo, que esgrimió dirigiéndolo hacia ella, siendo consciente de que con tal acción podía poner en peligro su vida, produciéndose entre ambos un forcejeo, en cuyo inicio y ante la reacción de la víctima, intentando que aquel se apartara y tratando también de quitarle el cuchillo, le ocasionó una herida incisa muy superficial, de 1 centímetro de trayectoria lineal irregular en fosa derecha".

La sentencia continúa relatando que, "en el desarrollo del forcejeo, el procesado tenía agarrado con su mano izquierda el brazo derecho de la víctima y mantenía el cuchillo en su mano derecha, cayendo ambos al suelo del pasillo, junto a la puerta de la cocina, quedando esta boca arriba y el procesado encima de ella con el brazo izquierdo sobre su pecho".

"Hallándose en esta posición", añade el relato de hechos probados, "el procesado agarró con su mano izquierda el cuello de la víctima, presionando fuertemente en la zona peritraqueal, hasta que comprobó que ésta gesticulaba angustiosamente, le estaba haciendo daño, tosía e igualmente le faltaba el aire, y al ver su creciente estado de asfixia, de modo consciente y voluntario dejó de apretar el cuello a la víctima poniendo fin a la situación de peligro para su vida". El incidente fue presencia por los niños y uno de ellos grito dirigiéndose a su padre: "Déjala, no la mates".

El tribunal señala que "la víctima, tras haber padecido la angustiosa situación relatada, salió a la terraza de la cocina con los niños, pidiendo ayuda a gritos". "Entretanto, el procesado permanecía en el interior de la cocina, pidiéndoles que entraran. Cuando la víctima regresó al interior de la cocina, el procesado le pidió que le perdonara por lo que había hecho, rogándole que no le denunciara, marchándose de la vivienda, después de tratar de despedirse de los niños", añade.

Según recoge la sentencia, los hechos causaron a la víctima "una herida incisa de un centímetro en cara medial-dorsal de falagne de quinto dedo de mano derecha, lesión eritemato inflamatoria tipo contuso de tres por dos centímetros sobre acromion de hombro izquierdo, abundantes petequias bilaterales en cuello zona peritraqueal, erosión de un centímetro en codo izquierdo, escoriaciones en codo derecho de uno por dos centímetros, lesión eritemato-inflamatoria de 3 centímetros en hombro derecho, herida incisa superficial de un centímetro en fosa derecha, lesiones incisas y contusas en ambas rodillas, y contusión con excoriación de un centímetro en cara medial mama izquierda".

Dichas lesiones requirieron de primera asistencia facultativa, generando un periodo de incapacidad temporal de dos días de perjuicio personal básico, sin que restaran secuelas, añade la sentencia.

Por estos hechos, el tribunal condena al acusado a diez meses y 15 días de cárcel como responsable de un delito de maltrato ocasional, concurriendo las agravantes específicas de haber ocurrido el hecho en presencia de menores, con utilización de arma blanca y en el domicilio común, así como la circunstancia atenuante simple transitoria de trastorno mental.

El fallo fija para el condenado la prohibición de acercamiento a la víctima y a sus hijos o a los lugares frecuentados por ellos a una distancia inferior a los 500 metros durante dos años diez meses y quince días. También le prohíbe comunicarse con ellos en el mismo periodo. Asimismo, priva al acusado del derecho a la tenencia y porte de armas durante dos años y seis meses y establece su inhabilitación especial para la patria potestad también durante dos años y seis meses.

OTRA SENTENCIA MACHISTA CON EL ABOGADO DE LA MANADA

En Lérida, la audiencia condenó a dos hombres -tío y sobrino- a cuatro años y medio de cárcel por abusar sexualmente de una joven en la parte trasera de un bar de Vielha el 17 de agosto de 2017. La Fiscalía pedía 15 años de prisión por un delito continuado de agresión sexual, pero el fallo indica que no se puede determinar que las prácticas sexuales "se realizaran venciendo su voluntad mediante una acción violenta o intimidativa, que permitan calificar el atentado a su libertad sexual como delito de agresión". Que la víctima dijera "repetidamente llorando" 'no' a los dos hombres y "por favor para" no fue suficientemente para el tribunal. Indica que los abusos "se llevaron a cabo, en todo caso, aprovechándose los autores para abusar de ella de su carácter vulnerable, lo que unido a la previa ingesta de bebidas alcohólicas y ansiolíticos, posiblemente pudo debilitar su capacidad de defensa, haciendo innecesario acudir a situaciones violentas o intimidatorias". El abogado defensor de los dos condenados -que tendrán que pagar 7.000 euros a la víctima- fue Agustín Martínez, letrado que defendió a algunos miembros de La Manada.

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