El Ayuntamiento de León reparte 500.000 € al año en pluses a dedo en el servicio de limpieza
El sindicato reclama a la oposición que fuerce al PSOE a que cumpla la regulación pactada. Csif exige ejecutar el fallo del TSJ que ordena que se aplique el convenio colectivo que lo regula
Editorial | El caos impera en un servicio ejemplar

Contenedores en la calle Pérez Crespo, en la madrugada del sábado.
Tienen una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que ordena al Ayuntamiento de León cumplir el convenio colectivo, pero sin que el equipo de gobierno se haya dispuesto a ejecutarla, Csif apela ahora a los grupos políticos de la oposición e, incluso al PSOE, para que «tomen parte activa y colaboren con las medidas y acciones que les dan sus responsabilidades públicas». No les piden más. Sólo que sea posible aplicar «cuanto antes y sin demora» la disposición de un fallo judicial que insta a acabar el sistema de pagos arbitrarios por el que se reparten cada anualidad cerca de medio millón de euros en pluses y movilidades funcionales, al margen del procedimiento, dentro del servicio de limpieza viaria y recogida de basura.
El sindicato se agarra al dictamen judicial en el que se condena al Ayuntamiento de León a «aplicar lo dispuesto en el artículo 8 del convenio colectivo para la movilidad funcional, respetando los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad que han de regir en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo». No se hace ahora, como insisten desde el sindicato, que presentó el pleito porque, al margen de este marco, «el incumplimiento del convenio tiene como consecuencia que se hagan pagos arbitrarios fuera del convenio a algunos trabajadores».
Las cantidades «pueden alcanzar los 20.000 euros de sobresueldo en los años 2023, 2024 y 2025, lo que podría llegar hasta los 60.000 euros de sobresueldos para algún trabajador», estiman los representantes de la organización sindical en el servicio de limpieza viaria y recogida de basura. El sistema, apostillan, aplica «premios y castigos» y permite que «se dicten arbitrariamente quién accede a las plazas de conductor y capataz y ayudante de servicios».
Csif recalca que la aplicación del convenio colectivo, firmado en junio de 2023, después de llevar 10 años de gestión directa por parte del Ayuntamiento de León tras acabar con la privatización a Urbaser, permitirá que «se continúe perjudicando tanto al servicio público como a los trabajadores del mismo». En el escrito enviado a los grupos políticos, el sindicato insiste en que los operarios «se han visto afectados por no haberse aplicado en sus justos términos desde su inicio y haberse adoptado otras medidas ajenas al mismo, que dieron lugar a la demanda asumida por la sentencia cuya ejecución» reclaman.
El fallo al que aluden como aval reconoce su argumentación ante el TSJ. En la demanda, Csif expuso que «en la Oferta de Empleo Público para el año 2024» se aprobó «un total de 83 puestos para promoción interna de personal laboral, de los cuales 44 van referidos al personal del servicio de limpieza viaria·, pero existen «35 plazas vacantes por cubrir». Estas plazas, explican, «están siendo desempeñadas por otros trabajadores de inferior categoría, percibiendo las correspondientes diferencias salariales por desempeño de funciones de superior categoría».
Pero, al margen del artículo que regula la movilidad funcional, «los peones que hacen funciones de conductor no pueden consolidar ni garantizar sus funciones ni las plazas», mantienen. Para solucionarlo basta con aplicar el convenio, como ordena el TSJ.
El «caos» o el servicio ejemplar del que habla Diez
«Se puede cumplir», avisa el juez
El escrito presentado a PP, UPL y Vox para que fuercen al PSOE a que ejecute la sentencia del TSJ incide en que, «en sede judicial», la representación del Ayuntamiento de León reconoció «la incapacidad del mismo para gestionar el servicio» de limpieza viaria y recogida de basura «dentro del marco fijado en el convenio colectivo firmado en junio de 2023». La defensa, a la que había atendido en primera instancia el juzgado de lo social de León, planteaba que la aplicación «implicaría una paralización del servicio», dado que supondría «una orden de cese en el desempeño de esas funciones superiores, de modo que dichos empleados dejarían de realizarlas, colapsando la recogida de basuras, limpieza viaria y conservación del alcantarillado».
Frente a esta argumentación, el TSJ aclara que «no se solicita el cese inmediato de aquellas personas que realizan la movilidad sin ajustarse a dicho precepto, sino que se dé cumplimiento a lo previsto en el convenio para la movilidad». «Es evidente que la empresa puede perfectamente cumplir con lo que firmó, realizándolo a las nuevas movilidades y a las ya vigentes, iniciando los oportunos trámites, produciéndose los ceses a medida que los procesos terminen como consecuencia de las decisiones que se tomen, lo que no tiene por qué afectar al funcionamiento del servicio y conduce a estimar este motivo de recurso», dictan los magistrados.