Diario de León

Condenado por amenazar con matarse con su mujer en el coche a gran velocidad

Los hechos ocurrieron en Robles de la Valcueva y el hombre es condenado a nueve meses

Imagen de la carretera en la que se produjeron los hechos. RAMIRO

Imagen de la carretera en la que se produjeron los hechos. RAMIRO

León

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El Juzgado de lo Penal número 2 de León ha condenado a nueve meses de prisión a un individuo acusado de un delito de violencia de género, acusado de poner su coche a 150 kilómetros por hora en Robles de la Valcueva y decirle a su esposa: «Ahora nos vamos a matar y te vas a joder».

Sobre las 21:00 horas del día 2 de abril de 2023, el sospechoso, mayor de edad y carente de antecedentes penales, con problemas de depresión y en tratamiento por ellos, iba conduciendo su vehículo por la carretera comarcal que une las localidades de La Robla y Aviados acompañado por su esposa y en las inmediaciones de la localidad de Robles de la Valcueva, enfadándose, con el ánimo de atemorizarla, aceleró el vehículo muy por encima de lo permitido en ese tramo de carretera, llegando a ponerlo a 150 km/h poniendo en peligro su propia vida y la de su esposa, dirigiéndose a ella en los siguientes términos: «ahora nos vamos a matar juntos y te jodes».

La denunciante «no ha negado que quiere el divorcio, y que la denuncia se lo va a facilitar, pero no se han demostrado motivos ajenos al propio miedo a su propia integridad física y ante una situación personal sobrevenida de él que ha puesto la relación familiar muy difícil, llamando en el mismo día a la Guardia Civil, dejando fuera de la vivienda a su marido cuando salió, impidiéndole volver a entrar, lo que no se entendería sin ese temor; manifestando ya a la Guardia Civil que a su marido le dan arrebatos y no sabe lo que puede pasar, por la depresión, existiendo denuncia en otra ocasión, en el año 2016, es más, reconoce a favor de él que ha manifestado que quien pega a una mujer es un cobarde, y que era una persona maravillosa hasta que dejó de trabajar, pero por la depresión tiene ideas autolíticas y tiene miedo porque dice que irá con ella, situación que también le ha llevado a pedir, y obtener a su favor una Orden de Alejamiento, sin que conste tampoco que, actualmente, el divorcio le vaya a suponer un beneficio a nivel material, habiendo manifestado que no depende económicamente de él y la vivienda que ha sido domicilio conyugal era de su madre», dice la sentencia.

Sentencia
El juzgado no acepta la excusa de que el varón estaba en malas condiciones por depresión

Existe una valoración alta del riesgo. En las manifestaciones de la víctima en el juicio oral no se ha apreciado fisura o imprecisión alguna que haga dudar de la veracidad de la misma. La víctima da una versión de lo ocurrido que permite considerar los hechos verosímiles y tenerlos como ciertos y acreditado. En relación con la ausencia de incredibilidad subjetiva: No se han puesto de manifiesto estos móviles, no pudiendo considerarse tales la manifestación de denunciar para facilitar el divorcio, si tal declaración se pone en el contexto de los acontecimientos, no se ha acreditado en la víctima motivo para querer perjudicar al acusado, con quien ha mantenido una relación de afectividad durante varios años y con el que lleva casada desde el año 2017; hubiera podido denunciarle antes, siendo los hechos ocurridos el día 2 de abril el detonante.

Es más, ha admitido haber enviado a su esposo con posterioridad mensajes, desde su fe, pidiéndole que se cuide y que no abandone la suya, y un vídeo para que viera que los perros estaban bien.

En cuanto a la verosimilitud del testimonio, «no hubo testigos, pero sí llamada a la Guardia Civil al llegar a casa y la acción por parte de ella de no dejarle entrar en la vivienda en cuanto tuvo ocasión. También está el reconocimiento parcial de los hechos que efectúa el propio acusado como su depresión, haber acelerado y la acción de su esposa de agarrar el volante. Lo manifestado por la testigo-victima en el acto del juicio se ajusta a lo declarado ya en su día en sede policial, pudiendo existir alguna discrepancia entre las distintas declaraciones por culpa de los nervios, por lo que es comprensible que pueda su testimonio diferir en algún punto de sus declaraciones sin que por ello su declaración pierda visos de credibilidad que justifiquen la absolución del acusado, en su caso...», reza la sentencia.

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